ASOCIACIÓN DE EGRESADOS "EXAFCEUNA"
INFORMACIÓN UTIL SOBRE "EXAFCEUNA"
FORMULARIO PARA EL CARNET "EXAFCEUNA"
Este es un espacio creado para los graduados de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Asunción. Aquí pueden encontrar información precisa sobre temas de interés de las carreras de Contaduría Pública, Economía y Administración así como las actividades realizadas por el estamento de graduados.
Consejeros Graduados titulares ante el Consejo Directivo de la FCE UNA
Consejeros Graduados suplentes ante el Consejo Directivo de la FCE UNA
Consejero Graduado titular ante el Consejo Superior Universitario
Consejero Graduado suplente ante el Consejo Superior Universitario
Asambleísta Graduado titular ante la Asamblea Universitaria
Asambleísta Graduado suplente ante la Asamblea Universitaria
Representante Graduado titular integrante del Tribunal Electoral Independiente
Representante Graduado suplente integrante del Tribunal Electoral Independiente
Acta Nº 3 (A.S. Nº 3/30/09/2014)
Resolución Nº 04-00-2014
“POR LA CUAL SE APRUEBA Y SE SANCIONA EL NUEVO ESTATUTO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE ASUNCIÓN”
TÍTULO III
DEL GOBIERNO UNIVERSITARIO
CAPÍTULO I
DE LA COMPOSICIÓN Y EL EJERCICIO
ART. 10 El estamento universitario de la Universidad Nacional de Asunción se halla compuesto por los docentes escalafonados, los graduados no docentes y los estudiantes, cuyos representantes legítimamente electos, integrarán los órganos que gobiernan la Universidad y sus distintas Facultades, de acuerdo con lo dispuesto en este Estatuto.
ART. 11 El gobierno de la Universidad Nacional de Asunción es ejercido por:
a) La Asamblea Universitaria.
b) El Consejo Superior Universitario.
c) El Rector.
d) Los Consejos Directivos.
e) Los Decanos.
TÍTULO VI
DE LOS GRADUADOS
ART. 79 Son graduados quienes han obtenido en la Universidad un grado académico o título profesional conforme a la Ley y al Estatuto de la Universidad Nacional de Asunción.
ART. 80 La Universidad organizará y ofrecerá, a través de sus Unidades Académicas, cursos de Postgrado en forma constante de manera a colaborar con la formación continua de los graduados.
ART. 81 La Universidad, a través de sus unidades académicas, estimulará:
- La vocación de investigación de sus graduados; y,
- La carrera docente, con miras a incorporar a sus cuadros a los mismos.
ART. 82 Son deberes de los graduados:
a) Respetar y cumplir lo establecido en este Estatuto, los Reglamentos, las Resoluciones de la Universidad Nacional de Asunción y de sus Facultades.
b) Actuar con ética, honestidad y responsabilidad en las actividades académicas y en todos los espacios de la institución.
c) Participar en las actividades universitarias en general y especialmente en las académicas y científicas para las cuales se inscriban.
d) Ofrecer sus conocimientos en apoyo a la colectividad para el desarrollo del país, en retribución de la formación recibida.
e) Guardar el debido respeto y consideración en el trato con las autoridades, los docentes, los funcionarios, los estudiantes y los demás graduados.
ART. 83 Son derechos de los graduados:
a) Elegir y ser elegido ante los diferentes organismos de gobierno de la Universidad. Los graduados registrados en los respectivos padrones, serán convocados por su Unidad Académica para el ejercicio del derecho de participación en la forma establecida en el presente Estatuto y en el Reglamento electoral.
b) Participar y beneficiarse de programas de la Universidad para la formación continua, actualización y mejoramiento profesional.
c) Participar en proyectos de investigación financiados o avalados por la Universidad, según lo estipulen los reglamentos.
d) Recibir una oportuna información de la oferta de programas de actualización de Postgrado y otros eventos de la Universidad Nacional de Asunción.
e) Acceder a las informaciones académicas y a las bibliotecas de las que dispone la Universidad.
f) Participar en los diferentes programas, eventos y demás actividades culturales, sociales, recreativas y académicas organizadas por la Universidad.
Conforme Acta N° 4 (A.S. N° 4/24/08/2016) y Resolución N° 06-00-2016 “POR LA CUAL SE MODIFICA EL ESTATUTO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE ASUNCIÓN” de fecha 24 de agosto de 2016, establece en su
“Título III” Gobierno y Sistemas de Representación”
Capítulo II
“De la Asamblea Universitaria”
Art. 4 y 6
Capítulo VI
DEL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
Art. 8 y art 9.
Capítulo VI
CONSEJOS DIRECTIVOS DE LAS FACULTADES
Art. 11 y art 13.